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OAI

Definición OAI (Oficina de Acceso a la Información pública)

La Oficina de Acceso a la Información (OAI) es un mandato de la Ley General de Acceso a la Información Pública Ley de 2004-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar A las entidades solicitadas.

Visión

Dar sostén a los valores de honestidad, integridad, eficiencia, calidad y trabajo en el equipo del Plan de Asistencia Social de la Presidencia, apoyando así los esfuerzos de transparencia institucional.

Misión

Garantizar el acceso de los usuarios a la información sobre la gestión del Plan de Asistencia Social de la Presidencia como una forma de validar la transparencia de la institución.

Definición RAI

El representante de Acceso a la Información, es el responsable de la tramitación y de la información que requiere el canal de comunicación entre la institución, los ciudadanos y las ciudades.

Información Clasificada

Ver pestaña de documentos

Proceso de Solicitud de Información:

  • Completar el formulario de solicitud de información.
  • Se procede a la revisión de dicho documento con la finalidad de verificar que está debidamente completada (o).
  • Se hace entrega de acuse de recibo al solicitante.
  • Según la complejidad de la información, se asigna una fecha de entrega. En caso de no ser el PASP, la entidad competente para ofrecer la información requerida, la solicitud se refiere a la información.
  • Seguimiento de la (s) solicitud (es) hasta que se ha suministrado la información.

Contacto Responsable de Acceso a la Información


Responsable de Acceso a la Información (RAI)

Paola Amada Reinoso Reyes

Teléfono: 809-592-4810
Extensión: 2179 

Teléfono: 829-961-2879
Correo electrónico: paola.reinoso@pasp.gob.do

Dirección: av. España # 2, Villa Duarte. Santo Domingo Este. República Dominicana